martes, 1 de mayo de 2012

REGIMEN MONETARIO / Samaniego, José

Impreciso, general, propenso a la discreción y poco aplicable en la práctica son algunos de los comentarios que merece el texto del proyecto de Constitución relativo a la política monetaria, cambiaria, crediticia y financiera. Los principios de estas políticas constan en los artículos 302 y 303 de la Sección Sexta del Título VI del proyecto, que modifica conceptualmente el manejo de la política monetaria, cambiaria y crediticia que ha estado vigente desde 1998. En primer lugar, porque de acuerdo al nuevo proyecto, la política monetaria, cambiaria, financiera y crediticia pasa a ser diseñada y formulada por el Ejecutivo, y el Banco Central se convierte en un mero ejecutor de la misma, volviendo al esquema que estuvo vigente entre los años sesenta y ochenta, en el cual el Ejecutivo, a través de la mayoría que poseía en la Junta Monetaria, definía las políticas estatales. Con la nueva Constitución se rompe un principio básico del manejo económico moderno, que es la autonomía del Banco Central y que se expresa en la formulación autónoma de las políticas en base a un objetivo que es definido o por una ley especial o por la propia Constitución. Casi todos los países desarrollados (Estados Unidos, la Unión Europea E, Japón), la mayoría de naciones emergentes y muchos en América Latina que han sido exitosos en el mantenimiento de la estabilidad económica, tienen bancos centrales independientes, autónomos en su estructura orgánica y en sus políticas internas. En segundo lugar, el proyecto de Constitución no establece un objetivo prioritario de las políticas monetaria, cambiaria,crediticia y financiera, como recomienda la teoría y las mejores prácticas a nivel mundial. En el proyecto de Constitución se pueden identificar al menos ocho objetivos de las políticas ejecutadas por el Banco Central: suministrar los medios de pago necesarios para que el sistema opere con eficiencia; establecer los niveles de liquidez que garanticen adecuados márgenes de seguridad financiera; orientar los excedente de liquidez hacia la inversión requerida para el desarrollo; promover tasas de interés que estimulen el ahorro nacional; que promuevan el financiamiento de actividades productivas; que mantengan la estabilidad de los precios; el equilibrio de la balanza de pagos y que promuevan la estabilidad económica, definida en el propio documento como "el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo" (¿?¿?). El texto es demasiado recargado con sustantivos y adjetivos que le quitan precisión,es tan retórico que va a resultar muy difícil su aplicación práctica.Hoy, 20 ago. 2008, p. A. 4

No hay comentarios:

Publicar un comentario