sábado, 11 de agosto de 2012

EL SRI REVISA LAS REGLAS PARA DEDUCIR GASTOS

La nueva reforma que el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Marx Carrasco, tiene debajo del brazo para su rápida aprobación, abrió una serie de inquietudes y temores entre los contribuyentes del país. Hasta el momento, la deducción total por gastos personales no puede superar el 50 por ciento del total de los ingresos gravados del contribuyente. Además, en ningún caso puede ser mayor a USD 11 141. Este valor rige para este año y se ajusta en función de la inflación del año pasado. Con la reforma que plantea Marx Carrasco, los contribuyentes podrán únicamente deducir la totalidad (USD 11 140) por concepto de salud. Si quiere deducir esa totalidad solo en ropa o solo en alimentos ya no podrá hacerlo. Para este caso, la persona deberá dividir para cuatro el saldo que le quede descontado el gasto en salud. Por ejemplo, si un contribuyente reporta gastos en salud por USD 6 000, el saldo (USD 5 140) deberá dividirse para cuatro y ese valor será el techo en cada uno de los otros gastos (USD 1 285). Para el experto tributario Wilson Merino, el único beneficiario de que se apruebe una reforma así es el SRI. "Esta es otra manera de decir que se va reduciendo la base. Para la persona natural no le es beneficioso, porque a veces no podría tener gastos en un rubro, pero sí en otro. Esto realmente es no dar facilidades a los contribuyentes y darles el derecho para elegir en qué quieren deducir". Asimismo, según el asesor tributario Carlos Alberto Jarrín, la preocupación de los contribuyentes empezó inmediatamente tras conocerse de la posibilidad. "Ayer recibí la visita de varias personas que no sabían qué va a pasar. Ellas habían previsto en sus cálculos de gastos para este año lo que iban a consumir en los distintos rubros y ahora no saben qué hacer. Esto, sin duda, es una reforma que limita y que no tiene sentido de ser aplicada, ¿para qué?". Marx Carrasco, sin embargo, aclaró que, en primer lugar, aún se trata de un proyecto, todavía no está aprobado. Y, en segundo lugar, que en el caso de aplicarse empezaría a regir desde el próximo año, es decir, que durante este período fiscal los contribuyentes no deben preocuparse. El Comercio, 14 mayo 2010, p. 2

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