domingo, 16 de septiembre de 2012

EL SRI CAMBIA LAS REGLAS EN LA EMISIÓN DE FACTURAS

El Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, modificado mediante el decreto ejecutivo 432, causa confusión entre algunos contribuyentes, pese a las explicaciones del Servicio de Rentas Internas (SRI). De acuerdo con este documento, que aún no ha sido publicado en el Registro Oficial, las facturas son el nuevo "genérico" de declaración, mientras que las notas de venta serán de uso exclusivo para quienes se acogieron al Régimen Impositivo Simplificado (RISE). Por tal motivo, el SRI dispuso en el nuevo reglamento que las notas de venta se emitan por las transacciones comerciales a partir de los 12 dólares. El total de dígitos que deben tener los documentos complementarios (comprobantes de venta, retención y demás papeles) es otro de los cambios que contiene el reglamento. A partir de que se oficialice la medida promulgada por el Ejecutivo, estos papeles deberán contener ya no 13, sino 15 dígitos (tres para el número del establecimiento, tres para el punto de emisión y nueve para el número secuencial). Para aclarar este y otros temas, el director general del Servicio de Rentas, Carlos Marx Carrasco, brindará hoy una rueda de prensa en Quito. Expreso, 28 jul. 2010, p. 6

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