sábado, 16 de junio de 2012
LA REPATRIACIÓN DEL DINERO / Valle, Enrique
Fue León Febres Cordero, en el año 2004, el primero que, a través de un proyecto de ley, lanzó la idea de obligar a los bancos a sacrificar la seguridad de sus depósitos e inversiones en el exterior y traerlos al Ecuador. El objetivo enunciado era destinar esos dineros al otorgamiento de crédito para la producción. Tan pronto asumió el poder el Gobierno de la revolución ciudadana, estimó conveniente apropiarse de la idea. Como llegó a tomar el control del Directorio del Banco Central, a través de este ha expedido regulaciones, en las que se ha creado el concepto de Reservas Mínimas de Liquidez, así como el de las llamadas Reservas Locales y el Coeficiente de Liquidez Doméstica, con los que, en definitiva, se obliga a las instituciones financieras a que, hasta el 31 de julio de 2009, mantengan en el Ecuador, como mínimo, el 45 por ciento de sus captaciones. Algunas inquietudes e interrogantes surgen de inmediato a consecuencia de esta decisión. Surge entonces una necesaria interrogante: ¿A quién pertenecen los dineros que administran los bancos? No pertenecen ni a estos ni al Estado; tienen un solo dueño: el depositante; y, si bien el Estado fija niveles de prudencia para la administración de aquellos, no tiene derecho alguno para convertirlos en recursos fiscales, con los riesgos que ello encierra. Se explica entonces la pegunta que se formula el presidente de la Asociación de Bancos: "¿Están seguros que pueden decir a los depositantes que tener el dinero aquí es tan seguro como tenerlo afuera?". Hoy, 10 jun. 2009, p. 4
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