domingo, 10 de marzo de 2013

DEMANDAN INCONSTITUCIONALIDAD DE ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA

La firma El Asesor Contable presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra del anticipo del Impuesto a la Renta (IR). Mediante el pedido, además, se solicitó dos medidas cautelares para frenar el cobro de dichos valores. La administración tributaria, por su parte, mantiene su argumento de que dicho pago es legal. Carlos Calero, titular del Asesor Contable, explicó que "en la Constitución, artículo 165, se establece que el cobro de impuestos de manera anticipada se lo puede realizar únicamente en estado de excepción y mediante Decreto Ejecutivo". Este pago, sin embargo, está vigente desde 1991 y está amparado por la Ley orgánica de Régimen Tributario Interno. Según manda la normativa, los contribuyentes obligados a declarar el IR, es decir, quienes cuyos ingresos anuales sobrepasen los valores establecidos como base imponible, deben pagar el anticipo en tres cuotas: julio, septiembre y marzo. Este cobro, no está, según Calero, en concordancia con lo que dice el artículo 165 de la Constitución. Por eso, señaló que debe regir la norma jerárquicamente superior y no una Ley Orgánica. Basado en estos argumentos presentó ayer su pedido de inconstitucionalidad, además, porque "la fórmula (de cálculo) perjudica a los contribuyentes ya que los está descapitalizando" La Hora, 13 mar. 2012, p. B. 6

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