martes, 8 de agosto de 2017

SRI aclara sobre los pagos de ICE para planes corporativos

El servicio de telefonía móvil contratado a través de planes corporativos no debería causar el impuesto a los consumos especiales (ICE) del 15% si la factura la pagan los trabajadores y no las empresas, comentó el director del Servicio de Rentas Internas, Leonardo Orlando. El pago del 15% del ICE se incorporó en la Ley de Equilibrio de las Finanzas Públicas, en vigencia desde mayo pasado. Pero se especifica que este tributo lo pagarían las sociedades y no las personas naturales. Sin embargo, las operadoras comunicaron del incremento para todos los planes corporativos, que en muchos casos son cancelados por cada empleado. Este fin de mes ya se concretó el cobro en los roles de pago. Orlando indicó que ha tenido acercamientos con asociaciones de trabajadores que le han presentado esta queja y, por ello, se ha conversado con las operadoras de telefonía celular para que se busque una vía para que no se grave el 15% si el plan es pagado por el trabajador. Según Orlando, la recomen dación sería que se individualicen las cuentas y cada línea esté a nombre del propietario real, sin que esto signifique que se le retiren los beneficios corporativos adquiridos. Cuando el plan sale a nombre de la sociedad (empresa, comité de empresa, asociación de empleados u otros), el SRI no puede advertir esta diferencia y entonces se le grava el ICE. El Universo, Año 95 No. 293 4 jul. 2016, p. 5

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