sábado, 12 de septiembre de 2015

La amnistía beneficiará solo a deudores hasta marzo 2015

La Ley de Remisión de Intereses, Multas y Recargos (Amnistía Tributaria), una vez que sea publicada en el Registro Oficial, marcarán el inicio del plazo de 90 días laborables para que los contribuyentes se acojan voluntariamente a los beneficios. Los que deseen beneficiarse deberán pagar el total del capital del impuesto adeudado. Si lo hacen dentro de los primeros 60 días la condonación será del 100%. Si proceden desde el día 61 al 90 será del 50%. Para el caso de deudores RISE y de matriculación vehicular los contribuyentes pueden acercarse directamente a las entidades bancarias. La Ley aplica sólo para las deudas pendientes de pago que debían cumplirse hasta el 31 de marzo de 2015. El impuesto a la renta de las sociedades correspondientes a abril del 2015 y las retenciones realizadas a terceros determinadas por el SRI no aplica. EN: El Mercurio, No. 34.351 06 mayo 2015, p. 3 A

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